De acuerdo con la UNICEF¹, La Explotación Sexual Comercial de niños, niñas y adolescentes (“ESCNNA”) ocurre cuando una o más personas involucran a niños, niñas o adolescentes (“NNA”) en actos sexuales, para satisfacción propia o de otras personas, a cambio de cualquier tipo de beneficio (dinero, especias, protección, regalos, entre otros).
Es una de las formas de violencia más graves en contra de niños, niñas y adolescentes, considerada sin duda una evidente violación de sus Derechos Humanos.
Se ha señalado que “la explotación sexual comercial infantil es una violación fundamental de los derechos del niño. Comprende el abuso sexual por adultos y la remuneración en efectivo o en especie para el niño, niña o una tercera persona o varias.»
El niño o la niña es tratado/a como un objeto sexual y como un objeto comercial. La explotación sexual comercial de niños constituye una forma de coerción y violencia contra los niños y niñas, y equivale a trabajo forzoso y una forma contemporánea de esclavitud”²
Para comprender adecuadamente la ESCNNA como problemática social y delito, se deben tener presentes aspectos culturales y prácticas históricas de violencia, culturalmente arraigadas en la sociedad, que ubican a mujeres, niños, niñas y adolescentes en situaciones de desventaja y sometimiento que se inscriben en un modelo dominante que naturaliza y legitima dinámicas de explotación. Marco en el que la identidad de género de las niñas, niños y adolescentes es una variable que se debe considerar porque puede agudizar situaciones de vulneración y violencia.
Por eso, se señala que habría consenso “(…) al comprender la explotación sexual comercial infantil como una forma de explotación basada en una relación de dominación-subordinación, donde las personas explotadoras se aprovechan del niño o la niña por su condición de menor de edad, su condición de género (un alto porcentaje de la niñez explotada son niñas y jóvenes), y por su condición de clase que aumentan la vulnerabilidad social de la víctima. Es explotación comercial porque se produce en un mercado donde la oferta existe en la medida que hay una demanda; el cuerpo del niño o niña es utilizado como una mercancía y se produce una transacción (en especie o monetaria). Este mercado se caracteriza por ser ilegal y clandestino”.
Referencias:
¹ UNICEF Uruguay. (2020). Preguntas frecuentes sobre la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes. Disponible en: https://www.unicef.org/uruguay/historias/preguntas-frecuentes-sobre-la-explotacion-sexual-de-ninas-ninos-y-adolescentes
² Declaración y Programa para la Acción del Primer Congreso Mundial contra la Explotación Sexual Comercial de Niñas, Niños y Adolescentes (1996), p. 1. Disponible en: https://www.bienestaryproteccioninfantil.es/imagenes/tablaContenidos03SubSec/1996_Plan%20de%20Accion-Declaracion_ESCNNA_Estocolmo.pdf