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Oportuna derivación de NNA en situación de vulnerabilidad

Garantizar la oportuna derivación de niñas, niños y adolescentes en situación de vulnerabilidad y sus familias, a los programas ambulatorios preventivos e interventivos del intersector, asegurando la debida coordinación y articulación.

¿Quién recomienda?

Defensoría de la Niñez

¿A quién recomienda?

Ministerio de Desarrollo Social y Familia

¿Qué criterios de cumplimiento tiene?

1. Se deberá capacitar a funcionarios de la red asistencial y establecimientos educacionales para identificar situaciones de ESCNNA en víctimas y facilitar la oportuna derivación.

2. Los programas ambulatorios e interventivos a partir de las necesidades de niñas, niños y adolescentes: implementar trabajo personalizado a partir de las particularidades del niño, niña o adolescente, y no trabajar desde una lógica de box (en que la víctima se adapta al programa).

3. La derivación de niñas, niños y adolescentes debe estar orientada a la oferta programática general y no sólo a protección especializada, para evitar trayectorias de victimización.

4. Los programas ambulatorios e interventivos deberán articularse desde diferentes áreas y asegurar protección social:  salud (foco en salud mental) y/o educación (foco en deserción escolar), entre otros.